Tabla 110.26 (A)(1). Distancias de trabajo que se deben dejar enfrente de tableros eléctricos de voltaje menor a 1000V
Voltaje nominal a tierra | Distancia mínima libre | ||
Condición 1 | Condición 2 | Condición 3 | |
0-150 | 900mm (3ft) | 900mm (3ft) | 900mm (3ft) |
151-600 | 900mm (3ft) | 1m (3ft 6 in) | 1.2m (4ft) |
601-1000 | 900mm (3ft) | 1.2m (4ft) | 1.5m (5ft) |
Imagen con explicación de cada condición de la tabla 110.26 (A)(1)
La tabla NEC 110.26(A)(1) proporciona la profundidad mínima requerida del espacio de trabajo para equipos eléctricos clasificados de 0 a 1000 voltios (a tierra) que es probable que se examinen o se trabaje en ellos mientras están energizados.
Durante bastante tiempo, esta tabla se mantuvo en 600 voltios y la profundidad del espacio de trabajo para algo superior a eso se determinó a partir de la Tabla 110.31 en la Parte III del Artículo 110.
Sin embargo en el NEC de 2017, se dan nuevas dimensiones para la profundidad del espacio de trabajo cuando el voltaje a tierra está entre 601 voltios y 1000 voltios.
La profundidad del espacio de trabajo se mide desde las partes vivas expuestas o desde la carcaza si las partes vivas están encerradas (como barras dentro de un gabinete).